Ley Orgánica 8/1985, de 3 de
julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE)
La Ley Orgánica de Derecho a
la Educación, fue aprobada en el año 1985, esta ley no afectaba a la estructura
del sistema educativo. Sus puntos más importantes son los que hacen referencia
a los centros concertados y a la participación en la enseñanza de la comunidad
educativa, el derecho a la educación y la dirección de los centros. El
objetivo de esta ley fue garantizar para todos el derecho a la educación,
haciendo especial énfasis en la consecución de una enseñanza básica,
obligatoria y gratuita, sin ningún tipo de discriminación. Desde esta Ley se
garantiza y desarrolla el derecho a la libertad de enseñanza. A los padres y a
los alumnos se les reconoce una serie de derechos que garantizan la consecución
de los fines de la acción educativa de acuerdo a lo establecido en la
Constitución. También se aprueba la existencia de una doble red de puestos
escolares, públicos y privados, estableciéndose un régimen de conciertos al que
se pueden acoger centros de titularidad privada para ser financiados con fondos
públicos. Esta ley distingue así entre centros cuyo titular es un poder público
o centros públicos, privados que funcionan en régimen de mercado, y centros de
titularidad privada sostenidos con fondos públicos denominados centros
concertados. Se regula asimismo la participación en la programación general de
la enseñanza de todos los sectores implicados en el proceso educativo desde el
centro escolar hasta los niveles de máxima decisión del Estado.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación (LOE)
Una de sus características más importantes fue la regulación legal de la
educación por tramos de edades y conocimientos específicos (educación infantil,
primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, de
idiomas, artísticas, deportivas, de adultos). Y dentro de esta ley me gustaría destacar los siguientes principios fundamentales: En primer lugar la exigencia de proporcionar una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos, en todos los niveles del sistema educativo para que almacenen el máximo desarrollo en todas sus capacidades y para ello es necesario una educación de calidad adaptada a sus necesidades. En segundo lugar, la necesidad de que todos los componentes de la comunidad educativa colaboren para conseguir el objetivo de proporcionar una educación de calidad, para ello se necesita una gran implicación y esfuerzo por parte del equipo educativo, así como de las Administraciones, etc. pero también por parte del alumnado. En último lugar, el compromiso decidido con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea.
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de
diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE)
En cuanto a
la ley de 2013 (LOMCE) hay que destacar que ha modificado de manera sustancial la anterior ley, LOE, y por eso me centraré en las modificaciones específicas y no en un ámbito global como en las dos leyes anteriores. La LOMCE se implementó para
Primaria y Formación Profesional (FP) Básica en el curso 2014-2015, mientras
que en la ESO ha dado comienzo este curso 2015-2016 para primer y tercer curso
y para el segundo y el cuarto se implantará en el curso 2016-2017. En
Bachillerato, la LOMCE ha comenzado para el primer curso en 2015-2016, y para
el segundo será en 2016-2017.
Una de las principales novedades de esta ley es
que la selectividad se suprime, aunque se mantendrá vigente para los
alumnos que quieran acceder a la Universidad antes del curso 2017-2018. En
cuanto a las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en:
troncales (carga lectiva mínima del 50% del horario total), las específicas y
las de libre configuración autonómica (como lengua cooficial, con tratamiento
análogo al castellano), cuyos horarios y contenidos corresponderán a las
comunidades. Será posible un anticipo de elección de itinerarios en ESO, y
también con carácter general en este período, se podrá pasar de curso con dos
suspensos como máximo, siempre que no sean simultáneamente Matemáticas y
Lengua. En cuando a Bachillerato, tendrá tres modalidades: Ciencias, Artes, y
Humanidades y Ciencias Sociales. Haciendo referencia a las evaluaciones, se
realizarán pruebas nacionales comunes al final de sexto de Primaria, cuarto de
ESO y segundo de Bachillerato, diseñadas por la administración central previa
consulta a las comunidades y será necesario superar las dos últimas para obtener
los títulos correspondientes.
Como otros cambios relevantes, el Ministerio
promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales para la
educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos, las
Administraciones promoverán la práctica diaria del deporte y el ejercicio
físico de los alumnos durante la jornada escolar, y en la oferta de educación a
distancia se podrán establecer criterios específicos adicionales ante las
situaciones personales y laborales de las personas adultas.
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